El compromiso del Ayuntamiento de Madrid para simplificar todo tipo de trámites hace posible que, en Madrid, poner en marcha una nueva instalación industrial sea más ágil, sencillo y económico que en otras ciudades españolas y que la media europea.
La complejidad de crear industrias es conocida. Además de la creación de la empresa, hay que pasar múltiples trámites con diferentes administraciones y con el sector privado, que pueden incluir, entre otros: permisos y licencias urbanísticas, conseguir suministro de agua, saneamiento, energía, permisos y seguros para actividades peligrosas o contaminantes, etc.
En España, los trámites para poner en marcha una nave tardan una media de 208 días, por un total de 15 trámites, en la línea de la Unión Europea y los países desarrollados. Sin embargo, en Madrid obtener una licencia de obras y actividad puede tardar entre 120 y 150 días.
Con el objetivo de agilizar estos trámites, en Madrid se deja a elección de la empresa llevar a cabo los mismos a través de gestión pública o privada. La oficina Madrid Investment Attraction se encarga de asesorar y acompañar a las empresas extranjeras para facilitar estos trámites al máximo.
Para la construcción de una nave, son necesarios trámites antes de la construcción para poder empezarla, y después de la construcción para poder comenzar la actividad.
Los trámites de construcción implican a las administraciones públicas, empresas privadas y el Colegio de Arquitectos.
Estos trámites pueden suponer alrededor de 122 días. Incluyen: un estudio de los usos del suelo, el alineamiento oficial, un estudio topográfico y obtener la licencia urbanística. No computamos aquí los tiempos necesarios para realizar la ejecución de la nave.
Estos trámites pueden suponer alrededor de 86 días. Incluyen: apertura del centro de trabajo, tras la obtención de la licencia de primera ocupación y funcionamiento (para la cual ha presentarse un certificado de final de obra del técnico que ha dirigido la ejecución de la misma, visado por el Colegio profesional competente, y llevarse a cabo una inspección municipal o de la Entidad colaboradora), solicitar suministro de agua y registrar el edificio en el registro de la propiedad y en el catastro.
La obtención de electricidad puede suponer 5 trámites y 90 días, parcialmente solapados con los anteriores.