Tres años después de empezar a perfilarse, el pasado 1 de diciembre el Congreso aprobó la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como ‘Ley de Startups’. El texto, en vigor desde el día 22 del mismo mes, recoge medidas destinadas a fomentar, atraer y reforzar este tipo de compañías para convertirlas en uno de los motores de la modernización de la economía española. La norma ha sido impulsada por el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. También ha participado el Alto Comisionado para la España Emprendedora, un departamento dependiente de Presidencia creado a principios de 2020.
El sector de las ‘startups’ y la economía digital llevaba tiempo reivindicando, además de que se redujera la burocracia necesaria para crear una empresa, mejoras fiscales y laborales que permitan atraer y retener talento, además de que incentiven la inversión en compañías emergentes. Así, la ley establece varias modificaciones tributarias —como el aumento de las exenciones por ‘stock options’ y la rebaja del impuesto de sociedades— y aumenta las opciones para que trabajadores, emprendedores e inversores extranjeros puedan establecerse en España. También simplifica trámites para estos perfiles.
Madrid es el principal destino de la inversión extranjera en España, la ciudad que cada día más empresas internacionales eligen para abrir nuevas sedes o establecer centros de desarrollo. El acceso al talento —nacional, con un nivel de inglés que ha mejorado considerablemente en los últimos años, e internacional—, los costes competitivos, las infraestructuras y la buena calidad de vida son las principales razones que citan estas compañías cuando se les pregunta por qué Madrid.
En el recién publicado listado de Internations, Expat City Ranking, que valora a las ciudades según lo buenas que son para vivir como expatriado, Madrid se coloca en quinto lugar. El Global Remote Index, especializado en lugares accesibles y atractivos para trabajadores en remoto, sitúa a Madrid en el puesto número 15. Entre otros factores —como el coste y calidad de vida, seguridad, sanidad y transporte público—, este ranking tiene en cuenta aspectos relacionados con la normativa laboral y la existencia de visados para el teletrabajo, una de las novedades que, precisamente, introduce la nueva ley.
La nueva norma pretende facilitar la llegada a España de nómadas digitales, trabajadores remotos, inversores y empleados extranjeros, además de mejorar las condiciones para que las ‘startups’ crezcan. Madrid, como polo de atracción ya establecido, podrá beneficiarse de estas medidas y posicionarse entre las principales ciudades europeas a las que mudarse a trabajar o emprender. Los principales cambios normativos afectan tanto a inversores y talento internacionales como al ecosistema emprendedor presente en la capital, añadiendo algunos elementos facilitadores:
Atracción de inversión y talento
- Emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros tendrán más fácil venir a España. La norma amplía la duración de la autorización inicial de residencia para estos perfiles: de uno a tres años para los emprendedores que empiezan una actividad económica en España, el mismo periodo para inversores, y de uno a dos años para estudiantes en prácticas que busquen empleo o que quieran emprender al terminar los estudios. La autorización de residencia para profesionales extranjeros altamente cualificados que vengan a trabajar en una empresa también será de tres años o de la duración del contrato, ampliables a cinco y a partir de los cuales se podrá solicitar la residencia permanente.
Además, se simplificarán los trámites para obtener el NIE (Número de Identificación de Extranjeros) con una web específica para pedir cita online.
- Los nómadas digitales tendrán un visado propio (la ‘nomad visa’). La ley crea una nueva categoría de visado: el de teletrabajo de carácter internacional para atraer a trabajadores que, desde España, trabajen para sí mismos o presten sus servicios a empresas en el extranjero. Este visado permite residir en España durante un máximo de un año, pero sus beneficiarios podrán solicitar la autorización de residencia por un período de tres años ampliable a cinco, a partir del cual podrán solicitar la permanente.
Para solicitarlo será necesario acreditar la existencia de una actividad continuada durante al menos un año con la empresa o empresas extranjeras, en el caso de los nómadas autónomos, o una relación laboral de al menos tres meses en el caso de los trabajadores por cuenta ajena. Si un nómada es autónomo y accede al visado, podrá dedicar hasta el 20% de su actividad a trabajar para compañías españolas. Los potenciales beneficiarios deberán acreditar ser graduados universitarios, haber hecho formación profesional o haber acudido a una escuela de negocios reconocida; o bien tener una experiencia profesional mínima de tres años.
- Los impatriados tendrán más fácil acogerse a su régimen fiscal especial. Los impatriados son trabajadores por cuenta ajena desplazados a España: personas con un contrato laboral en otro país a los que la empresa envía aquí. Para atraerlos y lograr que establezcan su residencia fiscal en nuestro país, en 2004 se creó un régimen fiscal especial que les permite tributar por el Impuesto sobre la Renta de los no Residentes (IRNR), con un gravamen más bajo que el IRPF.
La Ley de Startups flexibiliza y amplía los supuestos para acogerse a este régimen. Si antes era necesario no haber sido residente fiscal en España en los últimos diez años, ahora basta con cinco.
Además, podrán disfrutar del régimen especial los teletrabajadores (deben contar con el visado para el teletrabajo), las personas que realicen una actividad calificada como emprendedora y los profesionales altamente cualificados que presten servicios en España a empresas emergentes o se dediquen a la formación, investigación, desarrollo e innovación.
- Los inversores extranjeros ya no necesitarán disponer del NIE. Si un inversor extranjero es persona física y quiere invertir en una ‘startup’ en España, necesitará obtener un NIF (Número de Identificación Fiscal) y no el NIE (Número de Identificación de Extranjeros) como hasta ahora. Si el inversor extranjero es una persona jurídica, seguirá necesitando obtener el NIF. El procedimiento será electrónico, a través de la AEAT, y se resolverá en el plazo de diez días hábiles.
Mejoras fiscales para ‘startups’ e inversores
- Las ‘stock options’ para empleados no tributarán hasta los 50.000 euros. Las ‘stock options’ son una fórmula retributiva que consiste en entregar a los trabajadores la opción de comprar acciones de la empresa, en el futuro y a un precio inferior al de mercado. Hasta ahora, en España se tributaba por el valor de esas opciones en el IRPF y a partir de 12.000 euros. La norma amplía la exención hasta los 50.000 euros.
Igualmente, lo que supere esa cantidad no tributará hasta que no se venda o salga a Bolsa la empresa durante un máximo de diez años.
- Los inversores en ‘startups’ podrán deducirse el 50% de su aportación. Hasta ahora, el porcentaje de deducción por suscripción de acciones en nuevas empresas ascendía al 30%. La base máxima de la deducción también aumenta de 60.000 a 100.000 euros. Este beneficio fiscal está sujeto a una serie de condicionantes. Por ejemplo: los fondos propios no pueden superar los 400.000 euros, las participaciones deben adquirirse en los cinco primeros años de vida de la compañía y hay que mantenerlas entre tres y doce años.
- Las ‘startups’ pagarán el 15% de impuesto de sociedades, en lugar del 25%. Será así durante un máximo de cuatro años y siempre que la empresa mantenga su condición de “emergente”, que se caracteriza por: ser de nueva creación, no surgir de una escisión de empresas no emergentes, no cotizar en Bolsa ni distribuir dividendos y desarrollar un proyecto innovador con modelo de negocio escalable. La Empresa Nacional de Innovación (ENISA) será la encargada de certificar que una ‘startup’ lo es. Además, las ‘startups’ podrán aplazar el pago de impuestos durante los dos primeros años de actividad.
Facilitación y sandboxes
- Licencias de pruebas temporales de un año y promoción en la creación de sandboxes. Si las empresas emergentes operan en sectores regulados, la ley les permite solicitar a la autoridad administrativa reguladora de su ámbito de actividad una licencia de prueba temporal por un año. Además, la normativa promoverá la creación de entornos controlados (‘regulatory sandboxes’) en los que se pueda evaluar la utilidad, viabilidad e impacto de innovaciones tecnológicas en un entorno supervisado.
- Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE). Para fomentar la agilidad administrativa, se crea un organismo encargado de ordenar y coordinar los servicios de apoyo al emprendimiento, en colaboración con todos los órganos del Estado y agentes públicos y privados del ecosistema.